Artículo 82 Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública Del Estado De Baja California Sur.
Además de lo señalado en el artículo 75 de la presente Ley, los Partidos Políticos, las Agrupaciones Políticas del Estado, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Fracciones
I – XV | XVI – XXX |
I El padrón de afiliados o militantes | XVI El tabulador de remuneraciones que perciben los integrantes de los órganos a que se refiere la fracción anterior |
II Los acuerdos y resoluciones de los órganos de dirección | XVII El currículum de todos los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, con el cargo al que se postula, el distrito electoral y la entidad federativa |
III Los convenios de participación entre partidos políticos con organizaciones de la sociedad civil | XVIII El currículum del dirigente a nivel, estatal y municipal |
IV Contratos y convenios para la adquisición o arrendamiento de bienes y servicios | XIX Los convenios de frente, coalición o fusión que celebren o de participación electoral que realicen con agrupaciones políticas nacionales |
V Las versiones públicas de las minutas de las sesiones de los partidos políticos | XX Las convocatorias que emitan para la elección de sus dirigentes o la postulación de sus candidatos a cargos de elección popular |
VI Los responsables de los órganos internos de finanzas | XXI Los responsables de los procesos internos de evaluación y selección de candidatos a cargos de elección popular |
VII Las organizaciones sociales adherentes o similares a algún partido político | XXII Informes sobre el gasto del financiamiento público ordinario recibido para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres |
VIII Los montos de las cuotas ordinarias y extraordinarias aportadas por sus militantes | XXIII Las resoluciones dictadas por los órganos de control |
IX Los montos autorizados de financiamiento privado, así como una relación de los nombres de los aportantes vinculados con los montos aportados | XXIV Los montos de financiamiento público otorgados mensualmente, en cualquier modalidad, a sus órganos, estatales, municipales, así como los descuentos correspondientes a sanciones |
X El listado de aportantes a las precampañas y campañas políticas | XXV El estado de situación financiera y patrimonial |
XI El acta de la asamblea constitutiva | XXVI Las resoluciones que emitan sus órganos disciplinarios de cualquier nivel |
XII Las demarcaciones electorales en las que participen | XXVII Los nombres de sus representantes ante la autoridad electoral competente |
XIII Los tiempos que les corresponden en canales de radio y televisión | XXVIII Los mecanismos de control y supervisión aplicados a los procesos internos de selección de candidatos |
XIV Sus documentos básicos, plataformas electorales y programas de gobierno y los mecanismos de designación de los órganos de dirección en sus respectivos ámbitos | XXIX El listado de fundaciones, asociaciones, centros o institutos de investigación o capacitación o cualquier otro que reciban apoyo económico |
XV El directorio de sus órganos | XXX Las resoluciones que dicte la autoridad electoral competente respecto de los informes de ingresos y gastos |